Firmar un contrato laboral como empleado no sólo significa que obtienes derechos favorables, sino que también supone que asumes ciertas obligaciones con el empleador. Lo mejor es que lea este Acuerdo detenidamente antes de firmarlo para comprender plenamente sus responsabilidades.
Uno de los aspectos importantes a considerar es la responsabilidad financiera. La Ley del Trabajo también estipula que si causa daños materiales a su empleador debido a su propia culpa y a sus actividades en el lugar de trabajo, debe asumir la responsabilidad financiera en virtud de la responsabilidad civil contractual. Considerando que este es un aspecto muy importante e implica un alto grado de responsabilidad, es importante entender qué dice la ley al respecto, en qué situaciones se aplica y en qué circunstancias se puede renunciar a la responsabilidad financiera.
Cómo se regula legalmente la responsabilidad patrimonial
El capítulo 3 del Código del Trabajo trata de las responsabilidades financieras de los empleados. Vale la pena señalar que esto variará caso por caso, dependiendo de la relación contractual.
La ley establece que si usted causa daño a su empleador, él o ella puede solicitar una compensación que represente el valor del daño basándose en la identificación de daños y los registros de tasación. El plazo para el pago de la indemnización al empleador no será inferior a 30 días, y el precio se determinará mediante negociación entre ambas partes.
También existen límites al monto de la compensación que debe pagarse: no puede ser superior a cinco veces el salario mínimo total de la economía, y la compensación se pagará en forma de deducciones salariales. En términos generales, no puede exceder de un tercio del salario.
El empleado rescinde el contrato de trabajo, pero antes de que cause daño al empleador, el empleador tiene derecho a exigir que el empleado asuma la responsabilidad financiera. Los trabajadores son económicamente responsables de los actos lesivos cometidos antes de la fecha de extinción del contrato de trabajo.
Cuando se aplica la responsabilidad patrimonial
Si bien la responsabilidad patrimonial se refiere a los daños que usted como empleado puede causar a su empleador debido a su propia negligencia al realizar sus tareas laborales, esto solo se aplica en ciertas circunstancias y solo si el empleador lo requiere. . Causar daños no significa automáticamente que usted sea financieramente responsable.
La responsabilidad patrimonial también se aplica a la responsabilidad accesoria: según el artículo 256, esto significa que si un empleado recibe de su empleador cantidades impagas o bienes que no le pertenecen, está obligado a devolver su valor. .
Si el daño fue causado por más de un empleado, el monto de la compensación que cada empleado debe pagar depende de su contribución individual al daño. Si no se puede determinar el alcance del impacto de cada individuo, el monto de la responsabilidad se calculará con base en el salario neto del empleado desde la fecha en que se descubrió el daño o las horas reales trabajadas desde el último recuento del inventario. , dependiendo del contexto.
Excepciones a la responsabilidad patrimonial
También existen algunas circunstancias especiales en las que, incluso si sus actividades causan daños a su empleador, desde una perspectiva legal, éste no puede reclamarle una compensación. Por ejemplo, si el daño está dentro de los riesgos normales del Servicio, o si el daño se debe a causas imprevistas.
Generalmente se trata de una responsabilidad civil de propiedad, pero si el daño que usted causó fue causado por un delito penal, su empleador también puede reclamar una compensación por angustia emocional, ya que pueden aplicarse normas de responsabilidad extracontractual.
La responsabilidad patrimonial solo se aplica si proporciona servicios a su empleador en virtud de un contrato de trabajo personal. Es bueno comprender las circunstancias en las que un empleador puede reclamar una indemnización en virtud de esta responsabilidad y sus implicaciones. También es importante conocer tus derechos y obligaciones: La responsabilidad económica sólo es válida si tú causaste el daño por tu propia culpa, pero puede ser responsabilidad civil extracontractual cuando el siniestro también implica un delito.